¿Por qué los buques pesqueros no
están cubiertos por el Convenio SOLAS?
Los tratados internacionales como el
Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio
SOLAS) han estado vigentes durante décadas para el transporte marítimo
comercial, incluidos los buques de carga y de pasajeros. El Convenio SOLAS
incluye una serie de reglas aplicables a todos los buques, como su capítulo V,
sobre la seguridad de la navegación. Sin embargo, muchas otras reglas del
Convenio proporcionan una exención para los buques pesqueros.
A diferencia de otros buques mercantes,
que cargan carga en un puerto y luego lo transportan para descargar en otro
puerto, los barcos de pesca salen al mar sin carga, pescan y regresan al puerto
con sus capturas de pescado. Algunos pesqueros de arrastre más grandes y buques
factoría congelan, procesan y enlatan directamente el pescado en el mar.

·
Código de seguridad para pescadores y
buques pesqueros, 2005;
·
Directrices de aplicación voluntaria
para el proyecto, la construcción y el equipo de buques pesqueros pequeños,
2005;
·
Recomendaciones de seguridad para los
buques pesqueros con cubierta de menos de 12 metros de eslora y los buques
pesqueros sin cubierta; y
·
Directrices para la implantación de la
parte B del Código, las Directrices voluntarias y las Recomendaciones de
seguridad (Directrices de implantación)
En 1977, la OMI adoptó el Convenio
internacional de Torremolinos para la seguridad de los buques pesqueros, que
posteriormente fue modificado por el Protocolo de Torremolinos de 1993. Dado
que ninguno de estos tratados había entrado en vigor, la OMI adoptó
posteriormente el Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 para poner en práctica las
disposiciones de los tratados anteriores.
El Acuerdo de Ciudad del Cabo incluye
requisitos internacionales obligatorios para la estabilidad, la construcción y
la navegabilidad asociada de embarcaciones pesqueras de 24 metros de eslora o
más, así como requisitos para dispositivos de salvamento, equipo de
comunicaciones y protección contra incendios.
Cabe señalar que las reglas MARPOL de la
OMI para la prevención de la contaminación producidaporlos buques se aplican a
los buques pesqueros, que incluyen disposiciones para prevenir la contaminación
por basura de los buques, que prohíben la descarga de basura y desechos
operacionales, incluidos los artes de pesca, en el mar.
¿Qué es el Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 ?
El Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 es
un instrumento internacional vinculante. El Acuerdo incluye prescripciones
obligatorias internacionales sobre condiciones para estabilidad y la
navegabilidad asociada, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas,
dispositivos de salvamento, equipo de comunicaciones y prevención contra
incendios, así como para la construcción del buque pesquero.
El Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012
tiene por objeto facilitar un mejor control de la seguridad de los buques pesqueros
por parte de los Estados de abanderamiento, los Estados rectores de puertos y
los Estados ribereños. También se espera que contribuya a la lucha contra la
pesca INDNR.
El tratado entrará en vigor 12 meses
después de la fecha en la que por lo menos 22 Estados que tengan como mínimo 3
600 buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 m que operen en alta mar
hayan manifestado su consentimiento en obligarse por él. En la actualidad
(mayo son solamente 11 los Estados (con 1 413 buques pesqueros) los que
han consentido en verse obligados por el Acuerdo. Para su entrada en vigor es
necesario que lo hayan hecho 22 Estados con un mínimo de 3 600 buques pesqueros
de eslora igual o superior a 24 metros que operen en alta mar
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